Se consideran PEP las personas a las que se han confiado funciones públicas destacadas y sus familiares directos o allegados. Una persona deja de ser considerada PEP si deja de desempeñar esa función durante al menos un año.
Se consideran PEP las personas a las que se han confiado funciones públicas destacadas y sus familiares directos o allegados. Una persona deja de ser considerada PEP si deja de desempeñar esa función durante al menos un año.
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